CERESO

CERESO de San Miguel reprobado por la CNDH
2015 0910 | Sobrepoblación, hacinamiento, cobro de cuotas por parte de los custodios, instalaciones con falta de higiene y programas de reinserción social inadecuados son las fallas que registran cuatro de los principales centros penitenciarios de Puebla, a los que la Comisión Nacional de Derechos Humanos les da una calificación promedio de 6.84 puntos.

Estas penitenciarias son el Centro de Reinserción Social de Puebla, mejor conocido como el penal de San Miguel, que obtuvo 5.98 puntos;
el Centro de Reinserción Social Regional de Tehuacán, calificado con 5.91, el Centro de Reinserción Social Tepexi de Rodríguez con 7.9 y el Centro de Reinserción Social de Ciudad Serdán con 7.56 puntos.

Todo esto de acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2014, dado a conocer por el organismo nacional y en donde se asienta que el Cereso de San Miguel, ubicado en la capital del estado, tiene capacidad para alojar a 2 mil 315 internos, sin embargo cuenta con una población, al día de la visita, de 4 mil 120 individuos, es decir, prácticamente el doble.

Así, mientras la calificación promedio de este centro de reinserción social es de 5.8, en el rubro de aspectos que garantizan la integridad física y moral del interno se alcanzan 5.32 puntos; en los aspectos que garantizan una estancia digna se llega a 4.93; en las condiciones de gobernabilidad, 6.06; en la reinserción social del interno, 6.81, y en grupos de internos con requerimientos específicos 6.79 puntos.

En el primer punto, relacionado con la integridad física y moral del interno la CNDH observa lo siguiente: Existe sobrepoblación y hacinamiento, hay una deficiente separación entre hombres y mujeres, hay deficiencias en los servicios para mantener la salud de los internos, personal médico, medicamentos, material de curación y atención psicológica.

Asimismo, se notaron deficiencias en la supervisión del funcionamiento del Centro por parte del titular, hay inexistente prevención de incidentes violentos y deficiencias en las acciones para su atención, hay deficiencias en la prevención de probables violaciones a derechos humanos, así como en su atención en caso de que sean detectadas, inexistencia de registros, de procedimiento para su recepción y atención.

Otro aspecto es que hay deficiencias en el procedimiento para la remisión de quejas de violación a los derechos humanos de los internos ante la instancia competente en caso de que sean presentadas, así como inexistente acceso a números gratuitos desde teléfonos públicos. Finalmente, se observa una inexistente atención de las áreas técnicas de internos sancionados.

En cuanto a los aspectos que garantizan una estancia digna, la CNDH ve deficiencias relacionadas con la existencia y capacidad de las instalaciones para el funcionamiento del Centro en el área varonil y femenil; deficiencias en las condiciones materiales, higiene y equipamiento de las instalaciones para alojar a los internos. Asimismo, se ven deficiencias en la elaboración, distribución, consumo y cantidad de los alimentos e inexistencia de dietas especiales.

La gobernabilidad, foco rojo

Respecto a las condiciones de gobernabilidad hace falta un manual de procedimientos ante motín, uso de la fuerza, solicitar audiencia con las autoridades, así como deficiencias en la difusión de la normatividad a los internos. También hay insuficiente personal de seguridad y custodia, personal femenino, para traslados, para cubrir ausencias, vacaciones e incapacidades.

Otro punto es que hay deficiencias durante el proceso de imposición de sanciones disciplinarias, así como deficiencias en el ejercicio de las funciones de autoridad por parte de los servidores públicos del Centro, además de que existen áreas de privilegios, objetos y sustancias prohibidas e internos que ejercen violencia o control sobre el resto de la población. También prevalecen cobros por parte de los custodios.

En cuanto a la reinserción social del interno se observa lo siguiente: deficiente integración del expediente técnico de cada interno; inexistente separación entre procesados y sentenciados en áreas comunes; deficiencias en las actividades laborales y capacitación; deficiencias en las actividades educativas; deficiencias en las actividades deportivas; deficiencias en los estudios técnicos para beneficios de libertad anticipada.

Finalmente, en los grupos de internos con requerimientos específicos, la CNDH observa lo siguiente: hay una deficiente alimentación de los hijos de internas que viven en el Centro; deficiencia en equipo de apoyo, talleres especializados y dietas e inexistencia de dietas adecuadas para los adultos mayores.

Asimismo, hay una inexistencia de medidas para evitar el trato discriminatorio de los indígenas; deficiencias en la atención médica a las personas con discapacidad física; inexistente ubicación por motivos de salud a internos con VIH/SIDA; inexistencia de programas para la prevención y desintoxicación voluntaria.

No hay comentarios: