El análisis de la evidencia para acreditar que existió tortura en contra de la periodista Lydia Cacho y el apoyo de Kamel Nacif Borge en la campaña de Mario Marín Torres a la gubernatura de Puebla, fueron parte de los argumentos para girar la orden de aprehensión contra el exmandatario por parte de la magistrada María Elena Suárez Préstamo del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito de Quintana Roo.
19 de junio de 2019
De acuerdo con el expediente de cerca de 200 fojas del toca penal 4/2019-IV al que tuvo acceso e-consulta, se pudo constatar cuáles fueron los argumentos de la magistrada Suárez Préstamo para autorizar la orden de aprehensión contra Kamel Nacif Borge, Mario Marín Torres, Adolfo Karam y Juan Sánchez.
Sin embargo en el expediente también quedaron asentados los argumentos por los cuales el juez Segundo de Distrito en Quintana Roo, Gerardo Vázquez Morales, negó en primera instancia girar la orden de aprehensión y cuyos preceptos podrían ser usados por la defensa legal de los indiciados para desestimar la acusación contra sus defendidos.
Califican a Kamel Nacif como instigador de la tortura
En el registro público se pudo constatar que el juez Gerardo Vázquez Morales respondió a la solicitud del agente del ministerio público realizada en 2018 para girar órdenes de aprehensión en contra del exgobernador Mario Marín, los dos exfuncionarios de la otrora Procuraduría General de Justicia de Puebla y el empresario Kamel Nacif Borge, mejor conocido como “El rey de la mezclilla”.
En su fallo, el juzgador explicó que como primer punto para negar la orden de aprehensión contra Kamel Nacif era que el delito de tortura por el cual se hizo la solicitud sólo es aplicable a servidores públicos, precepto con el cual el empresario no cumplía a pesar de que el agente del Ministerio Público de la Federación lo califica como “instigador”.
Ante esta situación, el agente del Ministerio Público respondió que Kamel Nacif se valió de la amistad con Marín Torres para instigarlo a ocupar su cargo a fin de aplicar una reprimenda en contra de la periodista Lydia Cacho por la publicación del libro “Los demonios del edén” en 2005.
Dicho argumento fue validado por la magistrada Suárez Préstamo, quien consideró que aunque Nacif Borge no era servidor público, se valió del apoyo económico que le dio al gobernador en su campaña política para poder recibir ayuda en el ataque contra Lydia Cacho desde una instancia de gobierno.
Daños “graves” contra Cacho no estaban acreditados
Respecto a las órdenes de aprehensión contra Mario Marín, Adolfo Karam y Juan Sánchez, el juez de primera instancia señaló que el agente del Ministerio Público no acreditó de forma fehaciente la tortura cometida en contra de Lydia Cacho basado en los dictámenes psicológicos y médicos que se le practicaron.
El juzgador consideró que sin poder acreditar de forma pericial que hubo tortura y se le causó daño “grave” a la víctima como el que se establece en el Código Penal Federal, no podía girar la orden de aprehensión en contra del exgobernador ni de los dos exfuncionarios de la PGJ.
Por su parte, el agente del Ministerio Público integró diversas entrevistas que Lydia Cacho dio ante diferentes instancias al denunciar tortura, las cuales fueron suficientes para que la magistrada María Elena Suárez Préstamo pudiera considerar que había elementos suficientes para suponer que hubo premeditación en las condiciones en las que se dio la detención.
La magistrada también destacó que la PGJ recibió una denuncia por difamación y calumnias hecha por Kamel Nacif, la procesó y ejecutó aun cuando no era competente.
Dos meses prófugo
Tras conocerse la existencia de la orden de aprehensión, tres de los imputados, incluido el exmandatario priísta, se encuentran prófugos ya hace dos meses, siendo Juan Sánchez Moreno el único que ha sido detenido por el caso de tortura contra la periodista.
Durante ese tiempo, la Fiscalía General de la República solicitó la emisión de la Ficha Roja por parte de la Interpol, sin embargo no ha sido posible capturar a los tres sospechosos restantes.
Con información de e-consulta
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