Para revocar la gubernatura de Puebla será necesaria como mínimo la participación del 40 por ciento del listado nominal y el voto a favor de por lo menos la mitad de los ciudadanos que salgan a votar.
Jueves, Noviembre 7, 2019
La organización del proceso estará a cargo del Instituto Electoral del Estado (IEE), pero se podrá solicitar que lo asuma el Instituto Nacional Electoral (INE).
Así lo establece la reforma constitucional que será votada por el Congreso local, luego de que fue aprobada el martes por la Cámara de Diputados.
La nueva ley impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador señala que, para tramitar la revocación de mandato de los gobernadores, se requerirá la firma de al menos el 10 por ciento del listado nominal de las entidades.
La solicitud de revocación podrá presentarse únicamente durante los tres primeros meses del cuarto año del sexenio y el IEE tendrá 30 días para determinar si procede o no la solicitud.
De concederse el trámite, será el órgano electoral quien defina la fecha de la jornada de votación, pero esta deberá ser después de los procesos electorales locales o federales que haya en ese año.
Si se consuma la revocación de mandato, la gubernatura de Puebla será asumida de manera interina por quien encabece el Poder Legislativo.
Los diputados locales tendrán 30 días para designar (con el proceso que ya marca la ley) a un gobernador sustituto que concluirá con el sexenio.
Se aplicará en Puebla
Todos estos lineamientos deberán establecerse en la Constitución Política de Puebla dentro del próximo año y medio, de acuerdo con el dictamen enviado por el Congreso de la Unión.
El artículo transitorio sexto indica: “las constituciones de las entidades federativas, dentro de los dieciocho meses siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, deberán garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo Local”.
Y explica: “la solicitud deberá plantearse durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, por un número equivalente, al menos, al diez por ciento de la lista nominal de electores de la entidad federativa, en la mitad más uno de los municipios o alcaldías de la entidad”.
A continuación, precisa: “(la jornada) podrá llevarse a cabo en una sola ocasión durante el periodo constitucional, mediante votación libre, directa y secreta; será vinculante cuando la participación corresponda como mínimo al cuarenta por ciento de dicha lista y la votación sea por mayoría absoluta”, es decir, de al menos la mitad de los votantes.
Para concluir enfatiza que: “la votación se efectuará en fecha posterior y no coincidente con procesos electorales o de participación ciudadana locales o federales y quien asuma el mandato del ejecutivo revocado concluirá el periodo constitucional”.
Aprobarán reformas
El dictamen enviado por la Cámara de Diputados será aprobado por el Congreso local para avalar las reformas para la revocación de mandato presidencial, ya que para que entren en vigor necesitan el aval del 50 por ciento de las entidades.
El presidente del Legislativo poblano, Gabriel Biestro Medinilla, adelantó que la próxima semana serán analizadas las reformas federales para que se aprueben a la brevedad.
En cuanto a la revocación de la gubernatura, dijo que solo se pretende homologar la ley local para adoptar tal cual los lineamientos ya enlistados, aunque no precisó cuándo ocurrirá esto.
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