Las autoridades le concedieron un amparo definitivo a Rosario Robles, en contra de la inhabilitación para ocupar cargos públicos. Rosario Robles, ex secretaria de Sedesol y Sedatu, no será inscrita en el Registro de Servidores Públicos Sancionados.
24 de enero de 2019
Una juez le concedió el amparo definitivo a Rosario Robles y desestimó la sanción que la Secretaría de la Función Pública le había impuesto.
El proceso de Rosario Robles continuará y en caso de que se le encontrara culpable de desvío de recursos sería inhabilitada, pero no antes de que se determine su responsabilidad en el caso conocido como la Estafa Maestra.
El viernes 20 de septiembre de 2019, la Secretaría de la Función Pública le respondió a Rosario Robles que la inhabilitó por 10 años debido a que mintió en su declaración patrimonial.
Aseguró que entregar datos falsos es una falta grave, según la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Precisó que la inhabilitación es porque no declaró la información bancaria y que no tienen nada que ver las cantidades.
“La inhabilitación por 10 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público federal se dio por falta de veracidad en su declaración patrimonial, lo cual es considerado una falta grave en términos del artículo 13, párrafo quinto, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos”.
“La sanción se impuso por no declarar información bancaria, lo cual es independiente del monto o el estado que guarda lo no declarado”.
La Secretaría de la Función Pública aseguró que a Rosario Robles se le notificó en tiempo y forma y que está en su derecho de impugnar la determinación.
“En la resolución se tomaron en cuenta todos los elementos que obran en el expediente, y los argumentos que hizo valer, respetándose sus derechos de audiencia y defensa, con base en los principios de legalidad e imparcialidad”.
“La ex servidora pública sancionada fue notificada en tiempo y forma a través de su representación legal, como consta en el acuse de recibo en poder de la Función Pública”.
“La ex funcionaria está en su derecho de presentar los medios de impugnación que considere oportunos”.
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